Contrato de arras: cómo usarlo al comprar o vender una vivienda en Sevilla

¿Que es un contrato de arras?

Si estás pensando en comprar un piso en Sevilla o vender una vivienda, seguramente te hablarán del “contrato de arras”. Este documento es un acuerdo entre comprador y vendedor en el que ambas partes se comprometen a cerrar la operación de compra venta en una fecha futura.

Se suele usar cuando el comprador aún no puede firmar la escritura (por ejemplo, porque está tramitando una hipoteca), pero quiere reservar la vivienda y dejar claro que va en serio.

Tanto si vas a comprar como a vender, este contrato protege a los dos:

  • Si eres comprador, evitas que la vivienda se la vendan a otro mientras tú gestionas la hipoteca.

  • Si eres vendedor, te aseguras de que el comprador realmente tiene intención de seguir adelante y no visita mas viviendas.

Con este documento se entrega una cantidad de dinero como señal (normalmente un 10%) que se descuenta del precio final.

Es muy importante que el contrato esté bien redactado. Debe tener:

  • Los datos del comprador y del vendedor.

  • La descripción completa del piso o inmueble.

  • El precio total acordado y cómo se pagará.

  • El importe de la señal.

  • La fecha límite para firmar la compra-venta.

  • El tipo de arras: confirmatorias, penales o penitenciales.

  • Las consecuencias si alguna de las partes no cumple.

  • La firma de ambas partes.

Si estás haciendo una compra o venta de piso en Sevilla, es recomendable incluir datos del registro y detalles que identifiquen bien la vivienda.

Hay tres tipos. Conocerlas te evitará problemas:

1. Arras confirmatorias

Sirven como prueba del acuerdo. Si alguien falla, la otra parte puede pedir que se cumpla el contrato o reclamar daños.

2. Arras penales

Además del compromiso, establecen una penalización económica si se incumple el trato.

3. Arras penitenciales

Permiten que cualquiera de las dos partes se eche atrás. Si lo hace el comprador, pierde el dinero entregado. Si es el vendedor, debe devolver el doble.

👉 Este es el tipo más usado en la compra-venta de viviendas en Sevilla.

Lo habitual es entregar entre un 5 o un 10% del precio de venta del piso como señal. Ese dinero luego se descuenta del total cuando se firma la compraventa definitiva ante notario

Este punto es clave y va a depender de quien eres vendedor o comprador. Si estás comprando y tu banco no te aprueba la hipoteca, podrías perder la señal. Por eso es importante que el contrato de arras incluya una cláusula que proteja al comprador si no consigue financiación. Si por el contrario tu posicion es de venta y quieres presionar al comprador debes evitar incluir esta clausula para evitar perder el tiempo con compradores que quieran un tipo de financiacion especifico, como una hipoteca al 100% mas gastos.

No es obligatorio, pero es recomendable. También puedes hacer el contrato por tu cuenta o con ayuda de una agencia inmobiliaria online como nosotros. Lo importante es que quede por escrito y sea claro.

  • Si el comprador no sigue adelante, puede perder la señal.

  • Si el vendedor se echa atrás, tendrá que devolver el doble del dinero recibido.

  • Si las dos partes están de acuerdo, pueden ampliar el plazo sin problemas.

No es obligatorio, pero sí muy habitual. Especialmente si estás vendiendo una vivienda en Sevilla capital o en zonas muy demandadas como Nervión, Triana o Los Remedios, es una forma eficaz de asegurarte de que el comprador va en serio.

En resumen

El contrato de arras es una herramienta muy útil tanto para compradores como para vendedores de viviendas en Sevilla. Aporta seguridad y claridad al proceso, y ayuda a que todo se haga de forma ordenada.

Eso sí, asegúrate de entender bien lo que firmas, y si tienes dudas, consulta con un experto.

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