Fiscalidad

Parada la ley que hacia estar exento del pago de plusvalía en caso de una venta con pérdidas

Os vamos a poner en antecedentes. El Tribunal Constitucional justo hace 2 años, en mayo de 2017, declaró inconstitucional varios de los artículos que regulaban las plusvalías municipales. Declarando que este impuesto no podía ser cobrado por los ayuntamientos cuando la vivienda se vendiera con pérdidas y ordenó la modificación de la normativa.

Ahora, la disolución de Las Cortes del 5 de marzo de este año 2019 para poder convocar las elecciones generales de abril, ha significado la también disolución de iniciativas legislativas. Al cual, una de ellas era la modificación de dicha ley de plusvalía. Con esta ley, hacia que los contribuyentes estuviera exento de pagar este impuesto si vendía la vivienda más barata del precio que el de compra.

Caducada la iniciativa, hay que esperar que un partido político inicie la tramitación parlamentaria de nuevo según el artículo 207 del Reglamento del Congreso. “Disuelto el Congreso de los Diputados o expirado su mandato, quedarán caducados todos los asuntos pendientes de examen y resolución por la Cámara, excepto aquellos de los que constitucionalmente tenga que conocer su Diputación Permanente”.

¿Y que ocurre ahora?

Como el Tribunal Constitucional ha dicho que se tiene que regular. Al disolverse Las Cortes, ahora son los propios Ayuntamientos y los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo los que deben decidir por su cuenta.

Las consecuencias

Los contribuyentes. En la mayoría de las ocasiones se ven obligados a ir a los Juzgados por la negativa de los Ayuntamientos, y allí en los Juzgados puede pasar cualquier cosa. El Tribunal Supremo dejó claro que de escritura de la compra y la venta es una prueba válida. Pero otros Juzgados tienen su propio criterio, y obliga al contribuyente a aportar una prueba pericial. Además, la prueba tiene un coste que si el impuesto que habría que abonar no es mucho, no merece la pena.

Mientras tanto, los Ayuntamientos siguen sin saber como proceder.

Lo que sí está claro es que la disolución de Las Cortes ha sido una mala noticia para este hecho.  Que se suma a los dos años que el Constitucional se pronunció y la modificación no fue aprobada en ese tiempo. Ahora, hay que esperar a que vuelvan a iniciar el proceso de La Ley reguladora de las Haciendas Locales para reformar la plusvalía municipal.

 

 

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Etiquetas: Impuestos

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